La CNMC ha dictaminado que el cumplimiento de la Resolución de la CNC de 30 de julio de 2009 por REPSOL, CEPSA y BP debe ser total y efectivo para la remoción de los efectos anticompetitivos de las prácticas declaradas prohibidas, a cuyo fin se insta a la dirección de competencia la realización de nuevas diligencias e investigaciones.
En la Resolución se hace referencia a la incorporación por la Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio (AGES), representada por este despacho profesional, de un Informe Económico cuyas conclusiones son clarificadoras: Las fórmulas contractuales propuestas por REPSOL, CEPSA y BP, no solucionan satisfactoriamente los problemas de competencia y las infracciones declaradas en la Resolución que motivaron la apertura del expediente y correlativa imposición de sanciones. De tal forma ha sido entendido por la CNMC.
En nuestra área reservada puede acceder tanto a la Resolución de 27 de julio de 2017 como a un exhaustivo informe elaborado por el Letrado D. Eduardo Fernández Bermejo.